Código Deontológico para la profesión de Enfermería

El Consejo Internacional de Enfermeras (CIE) aceptó inicialmente en 1953, un Código internacional de ética para enfermeras. Después se ha revisado y reafirmado en diversas ocasiones, la más reciente es este examen y revisión completados en 2012.
La necesidad de la enfermería es universal; los profesionales de enfermería tienen cuatro compromisos elementales:
·         Promover la salud
·         Prevenir la enfermedad
·         Restaurar la salud y
·         Aliviar el sufrimiento.

Son propios a la enfermería:
·         El respeto de los derechos humanos
·         Los derechos culturales
·         El derecho a la vida
·         Libre elección
·         A la dignidad y
·         A ser tratado con respeto.

Los cuidados de enfermería respetan y no discriminan según consideraciones de edad, color, credo, cultura, discapacidad o enfermedad, género, orientación sexual, nacionalidad, ideas políticas, raza o condición social. Las enfermeras prestan servicios de salud a la persona, la familia y la comunidad y coordinan sus servicios con los de otros grupos relacionados.
 
Los códigos son los siguientes: 
1. La enfermera y las personas
La responsabilidad profesional esencial es con personas que necesiten cuidados de enfermería. Al dispensar los cuidados, personal de la salud promoverá un contexto donde se respeten los derechos humanos, valores, costumbres y creencias espirituales de la persona, familia y comunidad. La enfermera garantizará de la persona obtenga información puntual, suficiente y apropiada, de manera culturalmente entonada, del cual razonará el consentimiento de los cuidados y el tratamiento apto. La enfermera tendrá en confidente la información personal y será en discreción al compartirla. El enfermero estará en la disposición de satisfacer las necesidades de salud y sociales del público. La enfermera defenderá la equidad y la justicia social en la distribución de los recursos, en el acceso a los cuidados de salud, los demás servicios sociales y económicos.

Enfermeras en ejercicio y gestoras:
  •    Otorgar cuidados que respeten los derechos humanos y sean sensibles a los valores, cultura de los pueblos.
  •     Proporcionar formación continua en las cuestiones y dilemas éticos.
  •   Brindar información suficiente que permita el consentimiento fundamentado para los cuidados de enfermería y médicos y el derecho a elegir o rechazar el tratamiento.
  •   Emplear sistemas de registro y de gestión de la información que aseguren la confidencialidad.
  •     Desarrollar y vigilar la seguridad medioambiental en el lugar de trabajo.
Docentes e investigadoras:
  •    Incluir en el plan de estudios referencias a los derechos humanos, la equidad, la justicia y la solidaridad como base para acceder a los cuidados.
  •    Brindar oportunidades de enseñar y aprender acerca de las cuestiones éticas y la adopción de decisiones.
  •   Brindar oportunidades de enseñar y aprender en relación con el consentimiento fundamentado, la privacidad y la confidencialidad, la beneficencia y la maleficencia.
  •      Introducir los conceptos de valores profesionales en el plan de estudios.
  •     Sensibilizar a los estudiantes sobre la importancia de la acción social en los problemas actuales.
  Asociaciones nacionales de enfermeras:
  •    Elaborar declaraciones de posición y directrices que favorezcan los derechos humanos y las normas éticas.
  •     Influir a favor de la participación de las enfermeras en comités de examen ético.
  •   Facilitar directrices, declaraciones de posición, documentación pertinente y formación continua sobre el consentimiento fundamentado para los cuidados de enfermería y médicos.
  •    Incorporar cuestiones de confidencialidad e intimidad personal en un código nacional de ética para enfermeras.
  •     Abogar a favor de un medio ambiente sano y seguro.
·         2. La enfermera y la práctica
El personal de enfermería será responsable el mismo y deberá dar fundamentos de la práctica de enfermería y del mantenimiento de su competencia mediante la formación continua. La enfermera mantendrá un nivel de salud personal que no comprometa su capacidad para proporcionar cuidados. La enfermera observará las normas de conducta personal que honren a la profesión, que fomenten su imagen y la confianza del público. Al dispensar los cuidados, la enfermera se apoyará del empleo de la tecnología y los avances científicos son compatibles con la seguridad, la dignidad y los derechos de las personas. El enfermero fomentará y mantener una cultura de práctica profesional que de bases al comportamiento ético y el diálogo abierto.

Enfermeras en ejercicio y gestoras:
  •   Establecer normas de atención de salud y un contexto de trabajo que fomente la seguridad y la calidad de los cuidados.
  •   Establecer sistemas de evaluación profesional, formación continua y renovación sistemática de la autorización para ejercer.
  •     Vigilar y fomentar la buena salud individual del personal de enfermería en relación con su competencia para la práctica de la profesión.
Docentes e investigadoras
  •   Facilitar oportunidades de formación/aprendizaje que fomenten la preparación y la competencia para el ejercicio de la profesión a lo largo de la vida.
  •    Realizar y difundir investigaciones que muestren los vínculos entre el aprendizaje continuo y la competencia para la práctica.
  •     Fomentar la importancia de la salud individual y poner de relieve su relación con otros valores.

Asociaciones nacionales de enfermeras
  •      Dar acceso a una formación continua mediante publicaciones, conferencias, formación a distancia, etc.
  •     Influir para conseguir oportunidades de formación continua y normas de calidad de los cuidados.
  •      Fomentar estilos de vida sanos para los profesionales de enfermería.
  •      Influir a favor de lugares de trabajo saludables y servicios para las enfermeras.
3. La enfermera y la profesión
A la enfermera incumbirá la función principal al establecer y aplicar normas aceptables de actividad clínica, gestión, investigación y formación de enfermería. La enfermera favorecerá al desarrollo de conocimientos profesionales basados en investigación, que beneficiará la práctica basada en pruebas. La enfermera participará en el desarrollo y sostenimiento de un conjunto de valores profesionales. La enfermera, actuando a través de la organización profesional, fomentará un entorno favorable de práctica y mantenimiento de condiciones de trabajo que sean seguras, equitativas social y económicamente.

Enfermeras en ejercicio y gestoras
  •     Fijar normas para la práctica, investigación, formación y gestión de enfermería.
  •   Fomentar el apoyo en el lugar del trabajo a la realización, difusión y utilización de la investigación relacionada con la enfermería y la salud.
  •   Fomentar la participación en las asociaciones nacionales de enfermeras para crear condiciones económicas y sociales favorables para las enfermeras.
Docentes e investigadoras
  •    Proporcionar oportunidades de enseñanza y aprendizaje en fijación de normas para la práctica, investigación, formación y gestión de enfermería.
  •     Dirigir, difundir y utilizar la investigación para impulsar la profesión de enfermería.
  •    Sensibilizar a los que aprenden sobre la importancia de las asociaciones profesionales de enfermería.
Asociaciones nacionales de enfermeras
  •    Colaborar con otros para fijar normas para la formación, práctica, investigación y gestión de enfermería.
  •    Elaborar declaraciones de posición, directrices y normas relacionadas con la investigación de enfermería.
  •   Ejercer influencia para conseguir condiciones de trabajo, sociales y económicas equitativas para la enfermería.
  •     Elaborar declaraciones de posición, directrices sobre problemas del lugar de trabajo.

4. La enfermera y sus compañeros de trabajo

La enfermera mantendrá una relación respetuosa en colaboración con las personas que trabaje en enfermería y otros sectores. La enfermera adoptará las medidas adecuadas para preservar a las personas, familias y comunidades cuando un compañero u otra persona pongan en peligro su salud. La enfermera actuará para fortalecer el comportamiento ético.

Enfermeras en ejercicio y gestoras
  •    Crear conciencia de las funciones específicas y de aquellas que se superponen, de las posibles tensiones interdisciplinarias además de crear estrategias para la gestión de conflictos.
  •    Desarrollar en el lugar de trabajo sistemas que favorezcan valores y comportamientos profesionales éticos comunes.
  •     Desarrollar mecanismos para proteger a la persona, la familia o la comunidad cuando el personal de atención de salud ponga en peligro los cuidados que ellas reciben.
Docentes e investigadoras
  •     Desarrollar la comprensión de las funciones de los demás trabajadores.
  •     Difundir la ética de la enfermería a otras profesiones.
  •   Inculcar en los que aprenden la necesidad de proteger a la persona, la familia o la comunidad cuando el personal de atención de salud ponga en peligro los cuidados que ellas reciben.
Asociaciones nacionales de enfermeras
  •      Estimular la cooperación con otras disciplinas relacionadas.
  •      Desarrollar la conciencia de los problemas éticos de otras profesiones.
  •     Facilitar directrices, declaraciones de posición y foros de debate sobre la protección de las personas cuando el personal de atención de salud ponga en peligro los cuidados que ellas reciben.


BIBLIOGRAFÍA:
Consejo internacional de enfermeras. (2012). CÓDIGO DEONTOLÓGICO DEL CIE PARA LA PROFESIÓN DE ENFERMERÍA. 2012, de Consejo internacional de enfermeras Sitio web: https://www.icn.ch/sites/default/files/inline-files/2012_ICN_Codeofethicsfornurses_%20sp.pdf

Comentarios

  1. siempre es muy bueno saber acerca de estos temas, gracias por la información :)

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  2. Me parece que esta información es muy importante , nos permite reconocer en todos los ámbitos en los que podemos ejercer como personal de enfermería, nos motiva a conocer más acerca de estos aspectos

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